domingo, 28 de octubre de 2007

Convención

El pasado viernes 26 de octubre se llevó a cabo en las instalaciones del Inbioparque en Santo Domingo de Heredia, el seminario sobre la Convención de los Derechos de la Persona con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con la participación del Experto en Derechos Humanos Frank Ulloa.

Esta actividad fue organizada por el Comité de Información de las Organizaciones de Personas con Discapacidad (COINDIS) el cual surge a raíz de la Ley 7600 (Artículo 12) que dispone la creación de un Comité de Información que ayude a las organizaciones de personas con discapacidad a informar y capacitar a las instituciones, empresas y público en general sobre la eliminación de barreras, ayudas técnicas y servicios de apoyo.


Para entrar en materia, tuve la oportunidad de entrevistar a Leonardo Segura, comunicador de profesión y organizador de este seminario.

¿Cuál es el objetivo de esta actividad?Fotografía de el comunicador Leonardo Segura
Este es un nuevo instrumento legal (la convención), recién se creó el 13 de diciembre del 2006, una vez que Costa Rica lo ratifique, va a ser una ley más que va a estar para todos disponible y que de hecho, por ser un tratado internacional, va a tener más importancia que la Ley 7600 y que todas las demás leyes nacionales.

Es un instrumento por el cual estamos luchando que se ratifique pronto y el objetivo de hoy es precisamente capacitar para saber de que se trata este instrumento que va a ser tan importante y que va a tener ese grado de implicaciones, tenemos que conocerlo y aprenderlo a utilizar. Esta es una actividad introductoria, no podemos pretender abarcar todo lo profundo que puede ser, pero la idea es dar a conocer su existencia, en términos generales de que se trata y ya luego seguir aprendiendo. La idea es que nosotros (los asistentes) nos convirtamos en reproductores de la información.

¿Qué implicaciones podría tener este tratado en la sociedad costarricense?
Las implicaciones van a poder observarse poco a poco, en la medida que se defiendan los derechos que estipula la convención. Por ejemplo, pensando en la situación legal, la Sala Cuarta (Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia) a la hora de resolver, por ejemplo un recurso de amparo, únicamente se fija en la constitución y en los tratados internacionales. Así es que si contamos con un tratado internacional sobre los derechos de la persona con discapacidad entonces, este si lo va a ver la sala cuarta, por lo que tendríamos un respaldo poderosísimo a nivel legal para denuncias.

¿Cuál sería su mensaje final?
Primero, el espíritu de la convención que está amparada en los derechos humanos, por lo que las situaciones que vivimos las personas con discapacidad son derechos. Muchas veces cuando las personas con discapacidad empezamos a pedir algo que necesitamos, las demás personas piensan que molestamos mucho y lo ven como si se estuviera pidiendo caridad; por ejemplo en mi caso, que necesito una computadora parlante, porque la pantalla no la veo, un compañero en silla de ruedas que ocupe una rampa o un ascensor, que las personas sordas necesiten intérprete LESCO. En todos estos casos, no estamos pidiendo favores, son derechos. Entonces no estamos pidiendo concesiones, sino reivindicaciones, haciendo valer esos derechos. Esto es lo más importante que se debe empezar a tener conciencia.


En futuras entradas, estaré hablando sobre la Convención y sobre la experiencia que fue asistir a esta actividad.

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